Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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CAPÍTULO XVI.

DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 37. A partir de la sanción de la presente ley y de conformidad con los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política y de las competencias establecidas en las Leyes 715 de 2001 y 397 de 1997, 1185 de 2008, autorízase al Gobierno Nacional, para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación e impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación las apropiaciones requeridas para la ejecución de los gastos que demande la presente ley.

PARÁGRAFO. El Gobierno Nacional queda autorizado para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de la presente ley, previa inscripción de los proyectos en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Departamento Nacional de Planeación y el cumplimiento de las demás disposiciones legales para acceder a recursos del presupuesto nacional mediante cofinanciación.

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ARTÍCULO 38. Se autoriza, igualmente, la celebración de los contratos y convenios interadministrativos necesarios entre la Nación, la Gobernación del Tolima y el municipio de Armero, Guayabal, que sean requeridos para viabilizar, impulsar, desarrollar y dar sostenibilidad a cada una de las disposiciones establecidas en la presente ley.

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ARTÍCULO 39. El Gobierno Nacional, la Gobernación del Tolima y el municipio de Armero, Guayabal, quedan autorizados para impulsar y apoyar ante otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, la obtención de recursos económicos adicionales o complementarios a las que se autorizan apropiar en el Presupuesto General de la Nación de cada vigencia fiscal, destinadas al objeto a que se refiere la presente ley.

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ARTÍCULO 40. Autorícese al Gobierno Nacional para que a través del Ministerio de Educación Nacional se cree la beca Omaira Sánchez, la cual se concederá a los alumnos académicamente destacados que se encuentren cursando su primaria o bachillerato en instituciones educativas públicas del municipio de Armero, Guayabal (Tolima).

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ARTÍCULO 41. Autorícese al Gobierno Nacional para que a través del Ministerio de Salud y Protección Social destine unidades móviles para la atención en salud de los habitantes del municipio de Armero, Guayabal (Tolima), que no estén afiliados o pertenezcan al régimen subsidiado.

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ARTÍCULO 42. Autorícese al Gobierno Nacional a través del Ministerio del Interior, para que destine recursos a los órganos encargados de prevenir y atender desastres en el municipio de Armero, Guayabal (Tolima), y en su periferia, con el fin de capacitar a los miembros encargados de realizar esa clase de actividades y de mejorar o adquirir equipos, maquinaria e implementos relacionados con dicha labor.

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ARTÍCULO 43. Autorícese al Gobierno Nacional para que, a través de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Cultura, se incluyan las partidas necesarias para la publicación de un libro sobre la historia del municipio de Armero, Guayabal (Tolima), antes y después de la tragedia de 1985.

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ARTÍCULO 44. VIGENCIA. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

ROY LEONARDO BARRERAS MONTEALEGRE.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

GREGORIO ELJACH PACHECO.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

AUGUSTO POSADA SÁNCHEZ.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO.

REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de mayo de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro del Interior,

FERNANDO CARRILLO FLÓREZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

La Ministra de Justicia y del Derecho,

RUTH STELLA CORREA PALACIO.

El Ministro de Tecnologías, de la Información y las Comunicaciones,

DIEGO MOLANO VEGA.

La Ministra de Cultura,

MARIANA GARCÉS CÓRDOBA.

<Consultar norma en SUIN JURISCOL:http://www.suin.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1685646>

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
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