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DECRETO 2749 DE 2002

(noviembre 25)

Diario Oficial No. 45.011 de 26 de noviembre de 2002

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002.

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 213 de la Constitución Política, en concordancia con las Leyes 137 de 1994, el artículo 36 de la Ley 179 de 1994 y en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 1837 del 11 de agosto de 2002, prorrogado por el Decreto 2555 del 8 de noviembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 1837 del 11 de agosto de 2002 se declaró el Estado de Conmoción Interior en todo el territorio nacional, por el término de 90 días;

Que como parte de las medidas que el Gobierno Nacional adoptó, se determinó la necesidad de crear nuevas rentas;

Que mediante Decreto 1838 del 11 de agosto de 2002 se creó el impuesto destinado a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación para preservar la Seguridad Democrática;

Que mediante Decreto 2555 del 8 de noviembre de 2002 se prorrogó el Estado de Conmoción Interior en todo el territorio nacional, por el término de 90 días, contados a partir del 9 de noviembre de 2002;

Que es necesario proveer en forma inmediata de recursos a las Fuerzas Militares y la Policía con el propósito de conjurar los actos que perturban el orden público e impedir la extensión de sus efectos;

Que el literal 11 del artículo 38 de la Ley 137 de 1994, estatutaria de los Estados de Excepción, confiere al Gobierno la facultad de modificar el presupuesto durante el Estado de Conmoción Interior;

Que el artículo 36 de la Ley 179 de 1994 dispone: “Los créditos adicionales y traslados al Presupuesto General de la Nación destinados a atender gastos ocasionados por los estados de excepción, serán efectuados por el Gobierno en los términos que este señale. La fuente de gasto público será el decreto que declare el estado de excepción respectivo”;

Que, por lo anterior, se requiere adicionar el Presupuesto General de la Nación para 2002,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL. Adicionar los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002, en la suma de sesenta y siete mil millones de pesos ($67.000.000.000) moneda legal, según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 67.000.000.000

1. INGRESOS CORRIENTES DE LA NACION 67.000.000.000

III. TOTAL INGRESOS 67.000.000.000

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ARTÍCULO 2o. PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES. Efectuar las siguientes adiciones al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2002, en la suma de sesenta y siete mil millones de pesos ($67.000.000.000) moneda legal, según el detalle que se encuentra a continuación:

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL

PROG SUBP NACIONAL PROPIOS

SECCION 1501

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 9.310.000.000 9.310.000.000

C PRESUPUESTO DE INVERSION 33.557.000.000 33.557.000.000

111 CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA

PROPIA DEL SECTOR 4.480.000.000 4.480.000.000

101 DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA 3.280.000.000 3.280.000.000

300 INTERSUBSECTORIAL SALUD 1.200.000.000 1.200.000.000

113 <Partida declarada INEXEQUIBLE> MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO

DE INFRAESTRUCTURA PROPIA

DEL SECTOR 900.000.000 900.000.000

101 DEFENSA Y SEGURIDAD

INTERNA 900.000.000 900.000.000

211 ADQUISICION Y/O PRODUCCION

DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINIS-

TROS Y SERVICIOS PROPIOS

DEL SECTOR 23.977.000.000 23.977.000.000

100 INTERSUBSECTORIAL DEFENSA

Y SEGURIDAD 16.981.000.000 16.981.000.000

101 DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA 6.996.000.000 6.996.000.000

212 MANTENIMIENTO DE EQUIPOS,

MATERIALES, SUMINISTROS Y

SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR 4.200.000.000 4.200.000.000

100 INTERSUBSECTORIAL DEFENSA

Y SEGURIDAD 1.700.000.000 1.700.000.000

101 DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA 900.000.000 900.000.000

600 INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE 1.600.000.000 1.600.000.000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 42.867.000.000 42.867.000.000

SECCION 1601

POLICIA NACIONAL

A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 3.000.000.000 3.000.000.000

C PRESUPUESTO DE INVERSION 21.133.000.000 21.133.000.000

111 CONSTRUCCION DE INFRA-

ESTRUCTURA PROPIA

DEL SECTOR 19.410.000.000 19.410.000.000

CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL

PROG SUBP NACIONAL PROPIOS

101 DEFENSA Y SEGURIDAD

INTERNA 19.100.000.000 19.100.000.000

705 <Partida INEXEQUIBLE> EDUCACION SUPERIOR 310.000.000 310.000.000

211 ADQUISICION Y/O PRODUCCION

DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS

PROPIOS DEL SECTOR 1.723.000.000 1.723.000.000

101 DEFENSA Y SEGURIDAD

INTERNA 123.000.000 123.000.000

300 INTERSUBSECTORIAL SALUD 1.600.000.000 1.600.000.000

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 24.133.000.000 24.133.000.000

TOTAL PRESUPUESTO NACIONAL 67.000.000.000 67.000.000.000

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ARTÍCULO 3o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

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Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de noviembre de 2002.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Justicia y del Derecho encargado de las funciones del Despacho del Ministro del Interior,

Fernando Londoño Hoyos.

El Ministro de Justicia y del Derecho,

Fernando Londoño Hoyos.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

María Carolina Barco Isakson.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Roberto Junguito Bonnet.

La Ministra de Defensa Nacional,

Martha Lucía Ramírez de Rincón.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Carlos Gustavo Cano Sanz.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Juan Luis Londoño de la Cuesta.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Salud,

Juan Luis Londoño de la Cuesta.

El Ministro de Minas y Energía,

Luis Ernesto Mejía Castro.

El Ministro de Comercio Exterior,

Jorge Humberto Botero Angulo.

La Ministra de Desarrollo Económico,

Cecilia Rodríguez González-Rubio.

La Ministra de Educación Nacional,

Cecilia María Vélez White.

La Ministra de Comunicaciones,

Martha Helena Pinto de De Hart.

El Ministro de Transporte,

Andrés Uriel Gallego Henao.

La Viceministra de Cultura encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Cultura,

Adriana Mejía Hernández.

La Ministra de Desarrollo Económico encargada de las funciones del Despacho de la Ministra del Medio Ambiente,

Cecilia Rodríguez González-Rubio.

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