ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
El Presidente del Honorable Senado de la República,
Efraín Cepeda Sarabia.
El Secretario General del Honorable Senado de la República,
Diego Alejandro González González.
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
Jaime Raúl Salamanca Torres.
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
Jaime Luis Lacouture Peñaloza.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucionales, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.
Dada, a 4 de agosto de 2025.
GUSTAVO PETRO URREGO
La Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada del empleo del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,
Rosa Yolanda Villavicencio Mapy.
La ministra de Agricultura y Desarrollo Rural,
Martha Viviana Carvajalino Villegas.
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