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LEY 1598 DE 2012

(diciembre 21)

Diario Oficial No. 48.651 de 21 de diciembre de 2012

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Por medio de la cual se declara Patrimonio Cultural de la Nación el Festival “El Garcero del Llano” de Yopal, Casanare, y se dictan otras disposiciones.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Declárese Patrimonio Cultural de la Nación al Festival “El Garcero del Llano”, que se celebra en la ciudad de Yopal, departamento de Casanare. Reconózcase la especificidad de la cultura llanera y bríndese protección a sus diversas expresiones de tradición y cultura.

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ARTÍCULO 2o. Declárese al municipio de Yopal y a sus habitantes como origen y gestores del Festival “El Garcero del Llano”.

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ARTÍCULO 3o. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Cultura, contribuirá a la promoción, sostenimiento, conservación, divulgación, desarrollo y fomento, nacional e internacional, del Festival “El Garcero del Llano”, en sus distintas expresiones, de investigación cultural, de pedagogía y enseñanza de las tradiciones culturales que estén asociadas al Festival.

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ARTÍCULO 4o. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

El Presidente del honorable Senado de la República,

ROY BARRERAS MONTEALEGRE.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

GREGORIO ELJACH PACHECO.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

AUGUSTO POSADA SÁNCHEZ.

La Secretaria General (e) de la honorable Cámara de Representantes,

FLOR MARINA DAZA RAMÍREZ.

REPÚBLICA DE COLOMBIA

GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

La Ministra de Cultura,

MARIANA GARCÉS CÓRDOBA.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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