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LEY 1027 DE 2006

(junio 8)

Diario Oficial No. 46.294 de 09 de junio de 2006

CONGRESO DE COLOMBIA

Por medio de la cual Colombia declara el día siete (7) de mayo como el Día de los Huérfanos del SIDA.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Declárese el día siete (7) de mayo de cada año como el Día de los Huérfanos del SIDA.

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ARTÍCULO 2o. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación.

La Presidenta del honorable Senado de la República,

CLAUDIA BLUM DE BARBERI.

El S ecretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO OTERO DAJUD.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

JULIO E. GALLARDO ARCHBOLD.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

ANGELINO LIZCANO RIVERA.

Republica de Colombia – Gobierno Nacional

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de junio de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Viceministro Técnico del Ministerio de la Protección Social, encargado de las funciones del despacho del Ministro de la Protección Social,

RAMIRO GUERRERO CARVAJAL.

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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