Última actualización: 15 de diciembre de 2025 - (Diario Oficial No. 53.321 - 15 de diciembre de 2025)
Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
Inicio
 
Imprimir

LEY 997 DE 2005

(noviembre 29)

Diario Oficial No. 46.108 de 30 de noviembre de 2005

CONGRESO DE COLOMBIA

Por medio de la cual la Nación declara Patrimonio Cultural y artístico de la Nación el Tiple y lo exalta como instrumento autóctono Nacional.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Declárese patrimonio cultural y artístico de la Nación el Tiple, como símbolo y expresión de nuestra música y folclor y lo exalta como instrumento autóctono nacional.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. La Nación a través del Ministerio de Cultura, contribuirá al fomento, promoción, protección, desarrollo, divulgación y financiación de los valores culturales de la música andina representada en el Tiple como instrumento autóctono Nacional.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a parir de su promulgación.

La Presidenta del honorable Senado de la República,

CLAUDIA BLUM DE BARBERI.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

JULIO EUGENIO GALLARDO ARCHBOLD.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

ANGELINO LIZCANO RIVERA.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29de noviembre de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Cultura,

MARÍA CONSUELO ARAÚJO CASTRO.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241]
Última actualización: 15 de diciembre de 2025 - (Diario Oficial No. 53.321 - 15 de diciembre de 2025)