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LEY 799 DE 2003

(marzo 13)

Diario Oficial No. 45.131, de 18 de marzo de 2003

Por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una oficina regional de la Onudi en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000).

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONGRESO DE COLOMBIA

Visto el texto del "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una oficina regional de la Onudi en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000), que a la letra dice:

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del instrumento internacional mencionado).

PROYECTO DE LEY NUMERO 30 DE 2001 SENADO

por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una oficina regional de la Onudi en Colombia, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000).

EL CONGRESO DE COLOMBIA

Visto el texto del "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una oficina regional de la Onudi en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000), que a la letra dice:

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del instrumento internacional mencionado).

«ACUERDO ENTRE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA ACERCA DEL ESTABLECIMIENTO DE UNA OFICINA REGIONAL DE LA ONUDI EN COLOMBIA

CONSIDERANDO

Que por Resolución GC.7/Res.11 de 4 de diciembre de 1997, la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (Onudi) instó a los países donantes a que aportaran contribuciones generosas para la financiación de la representación sobre el terreno y exhortó a los países Beneficiarios a que financiaran las oficinas regionales en medida proporcional a sus medios y recursos;

CONSIDERANDO

Que el Gobierno de Colombia (en adelante denominado "el Gobierno") y la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (en adelante denominada "la Onudi") reconocen la importancia de establecer una Oficina Regional de la Onudi para fortalecer su cooperación en la región conformada por Colombia, Ecuador, Venezuela, América Central y el Caribe, y enfatizando la importancia que el desarrollo industrial y la cooperación internacional representan para los países de la región;

CONSIDERANDO

Que la Onudi ha decidido establecer una Oficina Regional en Colombia;

La Onudi y el Gobierno de Colombia han acordado lo siguiente:

ARTÍCULO I.

1. La Oficina Regional de la Onudi estará encargada de prestar apoyo y asesoramiento técnico en las esferas prioritarias compartidas por los siguientes países y regiones: Colombia, Ecuador, Venezuela, América Central y el Caribe. Abordará cuestiones de interés regional en la zona, analizará las cuestiones de desarrollo industrial con dimensiones regionales, y sugerirá la adopción de medidas apropiadas para prestar asistencia técnica o asistencia para proyectos. Establecerá una interacción con las instituciones multilaterales de financiación y desarrollo que operen en la región, iniciará diálogos y negociaciones con Estados Miembros en nombre de la Onudi, movilizará fondos a nivel regional y cumplirá funciones de vigilancia y coordinación.

2. La Oficina Regional de la Onudi cumplirá a la vez las funciones de Oficina de la Onudi en Colombia.

3. La Oficina Regional de la Onudi estará dirigida por un Director Regional y Representante extrasede de la Onudi (en adelante denominado "el Director"). En el cumplimiento de sus funciones, el Director, de conformidad con la política y los procedimientos de la representación sobre el terreno, y en coordinación con la sede:

i. Actuará como representante acreditado de la Onudi en el país así como representante de la Onudi ante organizaciones internacionales o regionales situadas en el mismo país;

ii. Promoverá los servicios de la Onudi en el país y/o la región. Sin perjuicio de las acciones que adelante a nivel regional, continuará promoviendo los servicios y programas de la Onudi en Colombia;

iii. Desarrollará un marco estratégico de cooperación y un programa de trabajo anual y establecerá asociaciones activas entre Colombia y la Onudi, relaciones provechosas y comunicaciones con el Gobierno anfitrión, con los países y regiones comprendidos en el presente Acuerdo, asociaciones comerciales, empresas, organizaciones no gubernamentales, todos los otros organismos de las Naciones Unidas y el Coordinador Residente del sistema de las Naciones Unidas, y con representantes de otras organizaciones bilaterales y multilaterales;

iv. Dirigirá y coordinará el desarrollo general de programas y proyectos y movilizará recursos financieros en el país y a nivel regional;

v. Apoyará y monitoreará la gestión de todas las otras actividades de la Onudi en el país sede y en los países a nivel regional, y contribuirá a su implementación;

vi. Ejecutará proyectos y prestará asesoramiento en el marco de los criterios establecidos;

vii. Dirigirá los equipos multidisciplinarios ubicados en la Oficina Regional a fin de proporcionar apoyo técnico de alta calidad a otras oficinas extrasede de la Onudi y a los programas de la Onudi en la región;

viii. Dirigirá el desarrollo (y posiblemente la ejecución) de programas y actividades de la Onudi a nivel regional, en estrecha cooperación con otros representantes de la Onudi en la región y de la sede;

ix. Velará porque la Oficina Regional funcione como centro de la red de información Regional de la Onudi;

x. Promoverá la interacción positiva entre las instituciones subregionales o regionales relacionadas con la Onudi y situadas en la región, incluida la movilización de fondos de instituciones de financiación para el desarrollo;

xi. Suministrará información y asesoramiento a la sede de la Onudi sobre las modalidades cambiantes de la demanda a nivel regional;

xii. Administrará la Oficina y sus recursos y garantizará su sostenibilidad, incluyendo la movilización de las contribuciones financieras y en especie del país huésped.

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ARTÍCULO II.

1. La Onudi y el Gobierno financiarán conjuntamente el establecimiento y el funcionamiento de la Oficina Regional de la Onudi en Colombia.

2. El Gobierno de Colombia contribuirá a sufragar los gastos de la Oficina Regional. Para tal efecto, el Gobierno dispondrá de contribuciones anuales de conformidad con las disposiciones legales pertinentes. Dicha partida será depositada en la cuenta que indique la Onudi para tal propósito.

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ARTÍCULO III.

1. El Gobierno aplicará a la Onudi, a sus fondos, bienes y haberes y a los funcionarios extranjeros en Colombia, las disposiciones de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas.

2. Al Director Regional y Representante Extrasede de la Onudi y a otros funcionarios extranjeros de la Oficina, se les concederán las prerrogativas e Inmunidades que el Gobierno reconoce a los miembros de las misiones diplomáticas de rango comparable.

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ARTÍCULO IV.

Toda controversia entre la Onudi y el Gobierno que se plantee a causa del presente Acuerdo o que esté relacionada con su interpretación o aplicación, y que no sea resuelta mediante negociación u otro medio acordado de solución, se someterá a arbitraje a petición de cualquiera de las Partes. Cada Parte nombrará un árbitro, y los dos árbitros así designados nombrarán a un tercero, que actuará como Presidente. Sí dentro de los treinta días de la presentación de la petición de arbitraje una Parte todavía no ha nombrado árbitro, o si dentro de los quince días del nombramiento de los dos árbitros no se ha nombrado al tercer árbitro, cualquiera de las Partes podrá pedir al Presidente de la Corte Internacional de Justicia que nombre a un árbitro. Los árbitros establecerán el procedimiento arbitral, y las costas del arbitraje correrán a cargo de las Partes en las proporciones que determinen los árbitros. El laudo arbitral contendrá una declaración de los motivos en que esté fundado y será aceptado por las Partes como solución definitiva de la controversia.

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ARTÍCULO V.

1. El presente Acuerdo estará sujeto a ratificación y entrará en vigor en el momento en que la Onudi reciba del Gobierno la notificación de esa ratificación. El Acuerdo continuará en vigor hasta que deje de tener efecto de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3o. infra.

2. El presente Acuerdo podrá ser modificado por consentimiento mutuo de las Partes.

3. El presente Acuerdo podrá ser denunciado por cualquiera de las partes mediante notificación escrita dirigida a la otra Parte y dejará de surtir efecto a los 90 días de haberse recibido tal notificación.

4. El presente Acuerdo permanecerá en vigor durante 5 años. Transcurrido ese período el Acuerdo podrá ser prorrogado por consentimiento mutuo de las Partes mediante un canje de notas.

EN FE DE LO CUAL los abajo firmantes, representantes debidamente designados de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y del Gobierno de Colombia, suscriben el presente Acuerdo en nombre de las Partes en dos ejem plares preparados en inglés y en español, en Santa Fe de Bogotá, D. C., el 22 de mayo del año 2000.

Por la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial:

CARLOS ALFREDO MAGARIÑOS,

Director General de la Onudi.

Por el Gobierno de Colombia:

GUILLERMO FERNÁNDEZ DE SOTO,

Ministro de Relaciones Exteriores.»

Republica de Colombia

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO

Presidencia de la Republica

Bogotá, D. C., 4 de septiembre de 2000

Aprobado, sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

(Fdo.) ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

(Fdo.) GUILLERMO FERNÁNDEZ DE SOTO.

DECRETA:

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ARTÍCULO 1o. Apruébese el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una oficina regional de la Onudi en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000).

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ARTÍCULO 2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley 7a. de 1944, el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una oficina regional de la Onudi en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000), que por el artículo 1o. de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

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ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá, D. C., a los..

Presentado al honorable Congreso de la República por el suscrito Ministro de Relaciones Exteriores.

GUILLERMO FERNÁNDEZ DE SOTO,

Ministro de Relaciones Exteriores.

EXPOSICION DE MOTIVOS.

Honorables Senadores y Representantes:

En nombre del Gobierno Nacional y en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 150 numeral 16 y 189 numeral 2 de la Constitución Política de la República de Colombia, tengo el honor de someter a su consideración el proyecto de ley, por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una oficina regional de la Onudi en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000).

Antecedentes

La Onudi, Organiz ación de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, fue establecida por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en 1966. En 1985 se convirtió en Organismo Especializado de la ONU, con el mandato de promover el desarrollo y la cooperación Industrial y actuar como órgano central de coordinación de las actividades industriales dentro del Sistema. Su sede está en Viena, Austria.

Colombia ingresó a la Organización con la aprobación de su tratado constitutivo, surtida mediante la Ley 46 de 1980. Es un Miembro muy activo que ha cumplido a cabalidad sus compromisos financieros con la Organización y ha participado activamente en los trabajos de la misma.

Desde el establecimiento de la Oficina de la Onudi en Colombia, a petición del Gobierno Nacional, en enero de 1991, se ha venido trabajando bajo tres enfoques principales: modernización del sector productivo del país, interacción con el sector privado de la industria y cooperación interagencial.

A nivel nacional, con cooperación de la Onudi, se han desarrollado importantes programas, dentro de los cuales se destacan los siguientes:

- Programa de Cooperación Internacional para la Reconversión y el Desarrollo Industrial (1992-1993), cuyo objetivo de desarrollo fue el de aumentar la competitividad del sector industrial colombiano a través del apoyo técnico a los gremios de la producción. Con este programa, se logró que el sector privado trabajara integrado con el sector público y directamente con el Sistema de las Naciones Unidas. Se trabajó con diferentes gremios de la producción, en subsectores seleccionados: Servicio para la Preparación de Proyectos y los Estudios de Factibilidad para la Pequeña y Mediana Industria (Acopi); Modernización del Subsector de la Confección (Asconfección); Ayuda al Subsector de la Fundición (Fedemetal); Apoyo en la selección de aceros y el mejoramiento de los procesos de tratamientos térmicos para la industria colombiana (Fedemetal /Inacero).

- Establecimiento de una unidad de trabajo en gestión tecnológica (1992-1995), con contraparte nacional de Colciencias/SENA: Su objetivo fue el de desarrollar un programa de servicios tecnológicos para el sector industrial, que condujera al mejoramiento de la competitividad y calidad de los productos nacionales en el mercado local, y externo, mediante un programa de servicios tecnológicos y transferencia de tecnología para los subsectores industriales de confecciones, cuero y calzado e industria electrónica.

- Rehabilitación de la zona industrial de curtiembres de San Benito (1992), su contraparte nacional fue el Ministerio de Desarrollo Económico: Onudi presentó el diseño de un programa con recomendaciones prácticas y específicas sobre la introducción de tecnologías limpias, así como un análisis sobre como establecer un sistema de tratamiento de efluentes en la zona mencionada.

- Prestación de servicios para la implantación del Sistema de Información Gerencial, SIG, del ICBF. (Parte A) y adquisición de bienes y equipos para el funcionamiento de este sistema (Parte B). Onudi/ICBF (1992-1995).

- Asistencia al desarrollo de un programa vial incluyendo puentes modulares de madera, con tecnología Onudi (1994-1995), su contraparte nacional fue la Gobernación del Caquetá: El objetivo principal del proyecto consistía en construir un puente demostrativo en la Inspección de La Aguililla (Puerto Rico) contribuyendo así al desarrollo de las áreas rurales aisladas. Infortunadamente, no se pudo cumplir con todos los objetivos del proyect o, debido a problemas políticos, financieros y de orden público en la región.

- Estrategias de desarrollo del sector petroquímico colombiano (1995-1996), con contraparte nacional del Ministerio de Desarrollo Económico. Para lo cual se ha tenido como objetivo la asistencia al Ministerio de Desarrollo Económico, en la definición de una estrategia de desarrollo para la industria petroquímica nacional.

- Asistencia a la creación de incubadoras de base tecnológica de la Universidad del Valle (1995-1996), con contraparte nacional del Ministerio de Desarrollo Económico / Universidad del Valle. Se dieron las recomendaciones para la implementación de la incubadora.

- Asistencia preparatoria para el diseño de un programa integrado para la promoción del mejoramiento de la participación de la mujer en el sector manufacturero colombiano (1996-1997), con contraparte nacional de la Dirección Nacional de Equidad para la Mujer/Departamento Nacional de Planeación/Ministerio de Trabajo y Seguridad Social/SENA/ICBF. Se aplicó una metodología especial desarrollada por la Onudi para el diseño de un programa integrado que mejore el nivel y la calidad de la participación de la mujer en la industria y las actividades económicas relacionadas.

- Programa integrado de reestructuración y modernización industrial en la región de la Costa Atlántica Colombiana (1996-1998), su contraparte nacional fue el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, DAPRE, a través de la coordinación del programa de la Consejería Presidencial para la Costa Atlántica. Su objetivo en una primera fase fue el de fortalecer la capacidad institucional del Caribe colombiano, con el fin de promover la industrialización de la región y su planeación estratégica, a partir de una base departamental y con una amplia participación de la sociedad civil. En ese contexto, el proyecto se centró en el desarrollo de instrumentos que permitieran el aumento de la competitividad internacional de la región con especial énfasis en la reestructuración industrial y el desarrollo empresarial. En su segunda fase, el proyecto centró sus esfuerzos en el desarrollo de un Programa de Promoción de Inversiones en la Costa Caribe colombiana. El resultado de este esfuerzo fue el establecimiento del CRIIT -Centro Regional de Inversiones, Información y Tecnología de la Costa Atlántica-, teniendo como contraparte las Cámaras de Comercio de la Costa Atlántica y siendo su sede regional la Cámara de Comercio de Cartagena.

- Asistencia preparatoria de la Onudi para la región de la Costa Atlántica, en los componentes de promoción de inversiones y textiles y confecciones (1998), su contraparte nacional fue el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República –DAPRE-, a través de la coordinación del programa de la Consejería Presidencial para la Costa Atlántica. Tenía dos componentes: El primero de ellos fue de Promoción de Inversiones, cuyo objetivo fue la organización por parte de Onudi de un Intechmart y el segundo de asistencia técnica al sector textil y de confecciones de la Costa Atlántica.

- Asistencia al desarrollo industrial ecológicamente sostenible (1997-1998), su contraparte fue el Ministerio del Medio Ambiente. El objetivo de esta asistencia ha sido el de estimular la adopción de procesos de producción y operación eficientes, más limpios, ambientalmente sanos y seguros, orientados a disminuir el nivel de contaminación de actividades productivas, reducir los riesgos relevantes para el ambiente y optimizar el uso racional de los recursos naturales; el asesoramiento al Minis terio en el tema de manejo de residuos de la industria pesquera en el corredor Cartagena-Mamonal; el asesoramiento en el manejo y reutilización de residuos de la industria azucarera (Asocaña). Estos resultados permiten al Gobierno de Colombia, a través del Ministerio del Medio Ambiente, ejecutar actividades previstas en convenios suscritos (Corredor Industrial Mamonal-Cartagena) y en la negociación de convenios (Asocaña).

- Establecimiento de una red colombiana de centros de subcontratación (1997-2000): El objetivo de este proyecto firmado entre Onudi y el Ministerio de Desarrollo Económico ha sido el de: Crear una Red nacional que promueva las relaciones, registre la oferta, atienda la demanda nacional y capacite en el uso de la subcontratación de sectores definidos por su cadena productiva: (i) siderurgia/metalmecánica/bienes de capital/automotriz; (ii) petroquímico/plástico/caucho y manufacturas; (iii) confecciones/textiles; (iv) eléctrico/electrónico y sus equipos; (v) servicios industriales.

- Proyecto demostrativo: Alternativas para el uso del bromuro de metilo en la producción de bananas (1999-2001), con contraparte del Ministerio del Medio Ambiente. Su objetivo es el de lograr una disminución sustancial o eliminación del uso de bromuro de metilo en la agricultura colombiana.

- Asistencia preparatoria para el diseño y preparación del "programa integrado para el desarrollo de industrias competitivas capaces de integrarse tanto en mercados locales como internacionales" (1999), con contraparte nacional de Acopi (Asociación Colombiana de la Pequeña y Mediana Empresa). Dentro de las actividades estuvo la de ampliar la información disponible y a través del diálogo con las posibles contrapartes dotarlo de una orientación y dirección que respondan a las necesidades del país. A tal fin Acopi suministró la asistencia necesaria en los siguientes campos: Identificación de las contrapartes para los CRIIT; elaboración de una propuesta acerca de la localización de estos centros, su estructura, costos y programa de trabajo, dentro de los términos del Programa Integrado; selección de las empresas en las cuales se aplicará la metodología de mejoramiento continuo y coordinación con otros programas que vienen implementándose a nivel nacional (Prodes, Expopyme, Icontec); identificación de 50 minicadenas productivas (sectores y regiones) en las cuales se probaría la metodología de la Onudi para su desarrollo.

Además de los diversos proyectos que la Onudi ha venido implementando a nivel nacional, se ha participando en programas de tipo regional, como son:

- Programa regional de modernización industrial del sector de bienes de capital de América Latina (1993-1994), cuyo objetivo principal era crear en cada uno de los países las capacidades necesarias para dar asistencia técnica directa y servicios profesionales especializados a las empresas que decidieran introducir tecnologías de automatización de equipos de producción y gestión industrial. Como contraparte nacional actuó Fedemetal, y su objetivo principal consistió en asistir al sector privado industrial en la modernización de equipos y procesos. Particularmente, en Colombia, se asesoró a 10 empresas pilotos en la modernización de la industria de bienes de capital con el propósito de aumentar la competitividad y productividad del sector mediante la incorporación de nuevas tecnologías de producción, técnicas de administración estratégica, mercadeo y sistemas de control de calidad.

- Programa regional para el desarrollo de la subcontratación (1990-1995): Este programa fue establecido en 1989, y cubre 14 países de la región. Su objetivo ha si do el de establecer y desarrollar un sistema y mecanismo regional de subcontratación en América Latina.

- Programa regional - cien empresas innovadoras de Latinoamérica y el Caribe (1995), su contraparte nacional fue Tecnos. El objetivo del proyecto consistió en identificar factores críticos que han permitido acciones innovadoras en empresas de Latinoamérica y el Caribe en tecnologías nuevas con énfasis en aspectos estratégicos, culturales, organizacionales, humanos y ecológicos.

El Plan de Desarrollo del Gobierno del Presidente Pastrana incluye, en el área industrial, los siguientes objetivos:

- Desarrollar una política estatal de desarrollo industrial.

- Incrementar las exportaciones de productos industriales.

- Fortalecer la competitividad del sector industrial.

- Focalizar la acción de la política industrial en las pequeñas y medianas empresas (PYME) y promover el desarrollo regional.

- Promover las inversiones extranjeras y las alianzas estratégicas.

En consonancia con el empeño del Gobierno por lograr la reactivación y modernización del sector industrial y apoyar a los empresarios en su propósito de mejorar calidad, competitividad y de incursionar en otros mercados, se diseñó el "Programa Integrado para el desarrollo de industrias competitivas capaces de integrarse tanto en mercados locales como internacionales", para el cual se ha fijado un plazo de ejecución de 2,5 años. Este programa se concentrará en el establecimiento de las capacidades necesarias para el desarrollo de un sector industrial competitivo a nivel internacional, orientado al incremento de exportaciones y a la atracción de inversiones extranjeras.

Los componentes de dicho programa, que han sido identificados para asistir al país, son:

1. Facilitar la inversión la promoción tecnológica, así como asistir a la industria colombiana en su implementación.

2. Mejoramiento continuo de calidad y desempeño empresarial.

3. Desarrollo de metodologías y estrategias para el mejoramiento de la competitividad de cadenas productivas de PYME seleccionadas.

Para su ejecución, la Onudi y el Ministerio de Desarrollo Económico suscribieron en mayo del 2000 un Acuerdo de Cooperación Técnica.

Objetivos

En cumplimiento del mandato impartido en la séptima Conferencia General en diciembre de 1997, mediante resolución GC.71. Res.11, relativa al fortalecimiento de la representación sobre el terreno, la Onudi ha procedido a establecer 9 Oficinas Regionales a nivel mundial, dos de ellas para cubrimiento de Latinoamérica y el Caribe: Una con sede en Montevideo, Uruguay, para atender los servicios de la Organización en el Cono Sur. La oficina nacional de la Organización con sede en Bogotá, se convertiría en Regional, para atender los asuntos de la Organización en Colombia, Ecuador, Venezuela, Centroamérica y el Caribe.

Colombia requiere fortalecer su política industrial adoptando medidas que permitan alcanzar mayor competitividad ante los desafíos que presenta el proceso de mundialización. En la medida en que el empresariado y los exportadores colombianos cuenten con apoyos y estímulos habrá mayor productividad y eficiencia. Se debe fomentar la política industrial para incentivar la diversidad y fomentar la innovación tecnológica, logrando que se abandonen prácticas ineficientes e inequitativas en busca de un avance que facilite la adaptación de la industria a las nuevas condiciones del mercado.

Si bien es cierto que el entorno internacional ha modificado profundamente la naturaleza del desarrollo y el fundamento de la cooperación multilateral, no es menos cierto que para la gran mayoría de los países el desarrollo industrial sigue siendo un imperativo y un requisito indispensable para mejorar su articulación con el proceso de globalización. Como lo señala un reciente informe de la Onudi sobre el tema, en los últimos 30 años los países que han tenido las más elevadas tasas de crecimiento del PIB han coincidido con aquellos que han alcanzado las más altas tasas de valor manufacturero. El desarrollo industrial es una fuerza motriz para la innovación tecnológica, el crecimiento económico, la creación de empleos y la superación de la pobreza.

Justificación

El "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del Establecimiento de una Oficina Regional de la Onudi en Colombia", suscrito en mayo de 2000, al permitir la apertura de la Oficina Regional de la Onudi en Colombia, contribuirá a fortalecer la presencia y la cooperación de la Organización con los países del área, teniendo en cuenta sus necesidades y prioridades. Colombia, aparte de ir en busca de los beneficios que representa para el país la recuperación y el fortalecimiento de la política industrial, apoyará decididamente las actividades de la Oficina, dentro de ese propósito, logrando de esta manera un mejor posicionamiento a nivel regional.

Anteriormente, la oficina de Onudi para Colombia ha atendido intereses de la organización en otros países de la Región Andina como son Panamá y el Ecuador, este último desde 1997.

Para el manejo de los programas de Onudi en otros países, se han utilizado en diversas oportunidades expertos nacionales colombianos.

La Onudi, dentro de su programa de reestructuración, ha decidido centralizar esfuerzos en las regiones. En el caso de América Latina se ha propuesto el establecimiento de dos oficinas regionales. Una de ellas ubicada en Montevideo (Uruguay), tiene a su cargo los países del Mercosur, Bolivia y Perú. La Oficina Regional, ubicada en Bogotá, tendrá a su cargo Colombia, Venezuela y Ecuador, además de los países centroamericanos y el Caribe. Dadas las relaciones históricas, económicas y culturales dentro de la región, se ha considera que Colombia ofrece las mejores condiciones, incluso desde el punto de vista del transporte y las comunicaciones, para el establecimiento de la Oficina Regional de la Onudi.

El funcionamiento de la Oficina Regional beneficiará igualmente la promoción y desempeño de expertos colombianos en el amplio espectro de proyectos y programas de la región, la Nación y la Onudi.

El funcionamiento de la Oficina Regional tendrá además un efecto positivo en el cumplimiento de los postulados y metas del Gobierno considerados en el Plan Nacional de Desarrollo, en el Plan Colombia y, en especial, con los objetivos y estrategias de la Política Industrial para la reactivación económica, así como para la aplicación de la ley Mipyme sobre promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa colombiana, presentadas y lanzadas por el Presidente de la República el 4 de mayo y el 10 de julio del 2000, respectivamente.

Por la s razones expuestas, me permito solicitar al honorable Congreso de la República aprobar el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una oficina regional de la Onudi en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000).

De los honorables Senadores y Representantes,

GUILLERMO FERNÁNDEZ DE SOTO,

Ministro de Relaciones Exteriores.

LEY 424 DE 1998

(enero 13)

Diario Oficial No. 45.131, de 18 de marzo de 2003

por la cual se ordena el seguimiento a los convenios internacionales suscritos por Colombia.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

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ARTÍCULO 1o. El Gobierno Nacional a través de la Cancillería presentará anualmente a las Comisiones Segundas de Relaciones Exteriores de Senado y Cámara y dentro de los primeros treinta días calendario posteriores al período legislativo que se inicia cada 20 de julio, un informe pormenorizado acerca de cómo se están cumpliendo y desarrollando los Convenios Internacionales vigentes suscritos por Colombia con otros Estados.

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ARTÍCULO 2o. Cada dependencia del Gobierno Nacional encargada de ejecutar los Tratados Internacionales de su competencia y requerir la reciprocidad en los mismos, trasladará la información pertinente al Ministerio de Relaciones Exteriores y este, a las Comisiones Segundas.

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ARTÍCULO 3o. El texto completo de la presente ley se incorporará como anexo a todos y cada uno de los Convenios Internacionales que el Ministerio de Relaciones Exteriores presente a consideración del Congreso.

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ARTÍCULO 4o. La presente ley rige a partir de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

AMYLKAR ACOSTA MEDINA.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

CARLOS ARDILA BALLESTEROS.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de enero de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO

La Ministra de Relaciones Exteriores,

MARÍA EMMA MEJÍA VÉLEZ.

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Bogota, D. C., 4 de septiembre de 2001

Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

(Fdo.) ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

(Fdo.) GUILLERMO FERNÁNDEZ DE SOTO

DECRETA:

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ARTÍCULO 1o. Apruébase el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una oficina regional de la Onudi en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000).

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ARTÍCULO 2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley 7a. de 1944, el "Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Gobierno de Colombia acerca del establecimiento de una oficina regional de la Onudi en Colombia", suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000), que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo).

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ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir dc. la fecha de su publicación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

LUIS ALFREDO RAMOS BOTERO

El Secretario del honorable Senado de la República,

EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

WILLIAM VÉLEZ MESA

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

ANGELINO LIZCANO RIVERA

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.

Dada en Bogota, D. C., a 13 de marzo de 2003.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Relaciones Exteriores,

CAROLINA BARCO ISAKSON.

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
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