Última actualización: 15 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.682 - 27 de febrero de 2024)
Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
Inicio
 
Imprimir

LEY 695 DE 2001

(septiembre 25)

Diario Oficial No. 44.564, de 27 de septiembre de 2001

por medio de la cual se honra la memoria de un ilustre hijo de Boyacá.

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Con motivo de celebrarse en el mes de octubre del presente año; los "Mundiales de Ciclismo en Ruta" en el departamento de Boyacá y haberse construido con recursos de la nación el "Anillo Vial" en la ciudad de Duitama, por donde correrá la prueba Circuito Ciclístico Mundial con la participación de ochenta países del orbe; y al celebrarse el primer decenio de su fallecimiento trágico; hónrase la memoria y exáltase el nombre del gran constitucionalista, maestro de leyes y ex Senador de la República, oriundo de la ciudad de Duitama doctor Gregorio Becerra Becerra, por su aporte en el estudio de la Constitución y formulación de la ley, orientador, promotor de obras, de ideas y formación de líderes, hoy base para el desarrollo del departamento de Boyacá.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. Para la conmemoración a que se refiere el artículo anterior acójase el nombre de Gregorio Becerra Becerra, como nombre para el anillo vial de Duitama y que en el presente año es objeto del Circuito Ciclístico para la prueba Mundial de Ruta.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. El Congreso Nacional ordenará la construcción de un monumento donde colocará un busto de la figura del doctor Becerra e instalará una placa recordatoria labrada en mármol sobre dicho pedestal con una inscripción alusiva al homenaje que se le brinde al bien recordado maestro.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. Autorízase al Gobierno Nacional para hacer las apropiaciones que sean necesarias en desarrollo de lo dispuesto en la presente ley.

El Presidente del honorable Senado de la República,

CARLOS GARCÍA ORJUELA.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

MANUEL ENRÍQUEZ ROSERO.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

GUILLERMO GAVIRIA ZAPATA.

El Secretario General de la honorable Cámara de Represen-tantes,

ANGELINO LIZCANO RIVERA.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de septiembre de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
Última actualización: 15 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.682 - 27 de febrero de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.