LEY 627 DE 2000
(diciembre 26)
Diario Oficial No 44.271, de 26 de diciembre de 2000
Por medio de la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto General de la Nación del año 2000, para financiar Subsidios de Vivienda a través del Forec.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Contracredítase el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2000, en la suma de cincuenta y cuatro mil seiscientos millones de pesos moneda legal ($54.600.000.000), según el siguiente detalle:
Contracreditos - Presupuesto General de La Nacion
CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE RECURSOS T O T A L PROG.SUBP. NACIONAL PROPIOS
SECCION 0201
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
C. Presupuesto de Inversión 54.600.000.000 54.600.000.000
530 Atención control y organización
Institucional para apoyo a la
Gestión del estado 54.600.000.000 54.600.000.000
1000 Intersubsectorial gobierno 54.600.000.000 54.600.000.000
Total Presupuesto Sección 54.600.000.000 54.600.000.000
Total Contracréditos 54.600.000.000 54.600.000.000
ARTÍCULO 2o. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2000, en la suma de cincuenta y cuatro mil seiscientos millones de pesos moneda legal ($54.600.000.000), según el siguiente detalle:
Créditos - Presupuesto General de la Nación
CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE RECURSOS T O T A L PROG.SUBP. NACIONAL PROPIOS
Sección 0207
Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero
C. Presupuesto de Inversión 54.600.000.000 54.600.000.000
530 Atención control y organización
Institucional para apoyo a la
gestión del estado 54.600.000.000 54.600.000.000
1001 Atención de Emergencias y
desastres 54.600.000.000 54.600.000.000
Total Presupuesto Sección 54.600.000.000 54.600.000.000
Total créditos 54.600.000.000 54.600.000.000
ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
MARIO URIBE ESCOBAR.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
MANUEL ENRÍQUEZ ROSERO.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
BASILIO VILLAMIZAR TRUJILLO.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
ANGELINO LIZCANO RIVERA.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.