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LEY 72 DE 1993

(agosto 31)

Diario Oficial No. 41.013, de 31 de agosto de 1993

Por la cual se deroga el artículo 132 de la Ley 30 de 1992 y se dictan otras disposiciones.

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Derógase el artículo 132 de la Ley 30 de 1992.

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ARTÍCULO 2o.<Artículo  INEXEQUIBLE>

Notas de Vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
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ARTÍCULO 3o. La presente Ley rige a partir de su sanción.

El Presidente del Honorable Senado de la República,

JORGE RAMÓN ELÍAS NADER.

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

FRANCISCO JOSÉ JATTIN SAFAR.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR.

República de Colombia - Gobierno Nacional

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a los treinta y un (31)

días del mes de agosto de mil novecientos noventa y tres (1993)

CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO

La Ministra de Educación Nacional,

MARUJA PACHÓN DE VILLAMIZAR.

      

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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