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DECRETO 4481 DE 2008

(noviembre 27)

Diario Oficial No. 47.186 de 27 de noviembre de 2008

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011>

Por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones.

Resumen de Notas de Vigencia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. ESTRUCTURA. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> Modificar el numeral 9 del artículo 1o del Decreto 49 de 2003 modificado por el artículo 1o del Decreto 3123 de 2007, el cual quedará así:

“9. Viceministerio del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

9.1 Dirección de Gestión Estratégica del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

9.2 Dirección de Finanzas Corporativas del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

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ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> Modifícase el numeral 14 del artículo 11 del Decreto 3123 de 2007, el cual quedará así:

“14. Proponer las compensaciones industriales que se requieran para el Sector Defensa y efectuar su seguimiento”.

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ARTÍCULO 3o. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> Modificar el artículo 13 del Decreto 3123 de 2007, el cual quedará así:

“Artículo 13. Dirección de Gestión de Información y Tecnología. Son funciones de la Dirección de Gestión de Información y Tecnología:

1. Diseñar, coordinar y supervisar el cumplimiento de los planes y programas de gestión de información del Sector Defensa.

2. Coordinar la gestión de información del Sistema MECI.

3. Establecer mecanismos que faciliten la calidad, consistencia e intercambio de información producida por el Sector Defensa.

4. Elaborar el Plan Estratégico de TIC del Sector Defensa acorde con las políticas del Coinfo.

5. Coordinar la gestión de procesos de la entidad y armonizar los procesos del Sector Defensa.

6. Coordinar las políticas de gobierno electrónico en el Sector Defensa de acuerdo con las recomendaciones del Coinfo.

7. Coordinar en el Sector Defensa la aplicación de las políticas de servicio al ciudadano de acuerdo con los lineamientos que señale el Coinfo.

8. Promover dentro del Sector Defensa el uso eficiente de las tecnologías de la información.

9. Coordinar la aplicación de las políticas y estándares definidos por el Coinfo.

10. Promover la agregación de demanda y de servicios de TIC del Sector Defensa.

11. Articular el presupuesto de inversión y gastos generales del Sector Defensa asociado a los TIC.

12. Coordinar la gestión de riesgo informático del Sector Defensa acorde con las políticas de Coinfo.

13. Proponer la política de Ciencia, Tecnología e Innovación y de Propiedad Intelectual para el desarrollo del Sistema de Ciencia y Tecnología del Sector Defensa, coordinando su aplicación en los proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico correspondientes.

14. Planear, fomentar, gestionar y evaluar los procesos de creación, desarrollo, transferencia, adquisición y uso de tecnologías, para el logro de los objetivos estratégicos y operacionales del Ministerio de Defensa Nacional.

15. Diseñar el Plan Estratégico de Investigación y Desarrollo Tecnológico del Sector Defensa y hacerle seguimiento a su ejecución.

16. Asesorar a las Entidades y dependencias del Sector Defensa que lo requieran, para la creación de los Centros y Grupos de Investigación de acuerdo con lo estipulado por el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y la articulación dentro del sistema de los grupos ya existentes.

17. Asesorar a las dependencias y a las entidades descentralizadas adscritas y vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional en la contratación de tecnologías así como en las trasferencias tecnológicas recibidas a través de las compensaciones industriales offsets.

18. Coordinar con las dependencias encargadas de la capacitación del Sector Defensa, los programas de capacitación en las líneas estratégicas de investigación que se requieran y gestionar la financiación para los proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico del Sector Defensa.

19. Gestionar a nivel regional la integración de comités Universidad-Empresa-Estado con el fin de involucrar en los proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico del Sector Defensa, las capacidades nacionales en Investigación Científica y en Infraestructura Empresarial.

20. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia”.

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ARTÍCULO 4o. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> Modifícase el numeral 1 del artículo 15 del Decreto 3123 de 2007, el cual quedará así:

“1. Dirigir la gestión de planeamiento al interior del Sector Defensa en la adopción de herramientas e instrumentos que permitan el afianzamiento del pensamiento estratégico, la administración de recursos y la articulación del planeamiento operativo con el logístico así como proponer y acompañar las negociaciones de las compensaciones industriales que se requieran para el Sector Defensa”.

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ARTÍCULO 5o. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> Modifícase el numeral 17 del artículo 17 del Decreto 3123 de 2007, el cual quedará así:

“17. Negociar las compensaciones industriales del Sector Defensa cuando a ello haya lugar”.

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ARTÍCULO 6o. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> Modifícase el numeral 1 del artículo 23 del Decreto 3123 de 2007, el cual quedará así:

“1. Coordinar e impulsar la estructuración de los procesos de compra homogenizados, en coordinación con el Comando General de las Fuerzas Militares, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la Unidad de Gestión General, así como negociar con el apoyo de la Dirección de Planeación y Presupuestación del Sector Defensa, las compensaciones industriales del Sector cuando a ello haya lugar”.

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ARTÍCULO 7o. DESPACHO DEL VICEMINISTRO DEL GRUPO SOCIAL Y EMPRESARIAL DEL SECTOR DEFENSA “GSED”. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> Son funciones de Despacho del Viceministro del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”, además de las funciones contempladas en las normas vigentes, las siguientes:

1. Asistir al Ministro de Defensa Nacional en su función de orientación y coordinación de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional, en los términos de las leyes y estatutos que las rijan.

2. Proponer al Ministro de Defensa Nacional el diseño de la estrategia general y el modelo de planeación y seguimiento de la gestión del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”, en el marco de la política sectorial.

3. Proponer desarrollos estratégicos tendientes a mejorar la competitividad de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

4. Orientar y coordinar la ejecución de la política financiera, presupuestal, de tesorería y los proyectos estratégicos del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”, en el marco de la política sectorial y en los términos de las normas que rijan la materia.

5. Proponer y coordinar la definición de sinergias, alianzas estratégicas y negociaciones conjuntas en el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

6. Proponer a las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” la unificación de procesos que les sean comunes.

7. Asistir al Ministro de Defensa Nacional en la función de orientación y coordinación de la ejecución de las políticas, programas, proyectos y estrategias definidas por las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

8. Coordinar, evaluar la política y hacer seguimiento a la administración y dirección del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares, en los términos y para los efectos de los Decretos 1826 de 1962, 1132 de 1963 y 1083 de 1987 y las normas que los modifiquen o adicionen.

9. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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ARTÍCULO 8o. DIRECCIÓN DE GESTIÓN ESTRATÉGICA DEL GRUPO SOCIAL Y EMPRESARIAL DEL SECTOR DEFENSA “GSED”. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> Son funciones de la Dirección de Gestión Estratégica del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”, las siguientes:

1. Coordinar el diseño de la estrategia general y el modelo de planeación y seguimiento de la gestión del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” para consideración de las instancias competentes y orientar su cumplimiento en las Entidades que lo conforman a través de cada Unidad Estratégica de Negocio, en el marco de la política sectorial.

2. Coadyuvar en el seguimiento a la ejecución de las políticas, programas y proyectos estratégicos de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

3. Orientar y hacer seguimiento a las sinergias, alianzas estratégicas y negociaciones conjuntas en el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

4. Asesorar al Ministro de Defensa Nacional por intermedio del Viceministro del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” en la orientación para la definición y desarrollo de proyectos estratégicos para las entidades que conforman el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

5. Promover el desarrollo y la innovación en ciencia y tecnología en las Entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” y la recepción de la compensación industrial Offsets, en el marco de la política sectorial en coordinación con la Dirección de Gestión de Información y Tecnología y la Dirección de Planeación y Presupuestación del Sector Defensa.

6. Asesorar en la formulación de la política para la gerencia estratégica del talento humano de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

7. Coordinar la elaboración de los conceptos de Gestión y Control Estratégico de las Entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” que le sean solicitados por las instancias competentes.

8. Asesorar en la evaluación de la política y apoyar en el seguimiento a la administración y dirección del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares, en los términos y para los efectos de los Decretos 1826 de 1962, 1132 de 1963 y 1083 de 1987 y las normas que los modifiquen o adicionen.

9. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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ARTÍCULO 9o. DIRECCIÓN DE FINANZAS CORPORATIVAS DEL GRUPO SOCIAL Y EMPRESARIAL DEL SECTOR DEFENSA. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> Son funciones de la Dirección de Finanzas Corporativas del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa, las siguientes:

1. Asesorar a las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”en la ejecución de las políticas presupuestales, financieras, contables y de tesorería, así como consolidar las necesidades de capital y las fuentes de financiación requeridas para su eficiente gestión, en el marco de la política sectorial y en los términos de las normas que rijan la materia.

2. Coordinar con las dependencias competentes la preparación, presentación, discusión y aprobación de los presupuestos de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” y realizar las gestiones presupuestales y administrativas que se requieran ante las distintas instancias de Gobierno, lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 489 de 1998 o normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

3. Verificar que los proyectos de Presupuesto de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” estén acordes con las políticas, planes y programas establecidos en el marco de la estrategia corporativa.

4. Hacer el seguimiento de la gestión financiera de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” y presentar los informes financieros que le sean requeridos por las instancias pertinentes.

5. Coordinar la emisión de los conceptos financieros y presupuestales de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” que le sean solicitados.

6. Orientar y Coordinar la creación y administración de un sistema de información, medición de resultados y rendición de cuentas de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.

7. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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ARTÍCULO 10. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> El Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” para los efectos del presente decreto, lo conforman las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional, así como las instituciones que se adhieran al Grupo siempre y cuando sus Juntas Directivas, Consejos Directivos o Consejo Superior sean presididos por el Ministro de Defensa Nacional en virtud de estar su misión asociada al Sector Defensa.

La Unidad Estratégica de Negocio de que trata el presente decreto para los efectos de la orientación y coordinación que le competen al Ministro de Defensa Nacional, corresponde a la agrupación técnica misional de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED” en las siguientes especialidades: Apoyo Logístico, Educación Vivienda y Recreación, Salud y Seguridad Social, y Apoyo a la Seguridad.

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ARTÍCULO 11. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Decreto derogado por el artículo 38 del Decreto 4890 de 2011> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica parcialmente el Decreto 049 de 2003 y el Decreto 3123 de 2007 y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el artículo 25 del Decreto 3123 de 2007.

Publíquese, y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de noviembre de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

El Ministro de Defensa Nacional,

JUAN MANUEL SANTOS C.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

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