Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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ARTÍCULO 46. ADOPCIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL. <Decreto derogado por el artículo 43 del Decreto 2647 de 2022> De conformidad con la estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno nacional procederá a adoptar la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

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ARTÍCULO 47. ATRIBUCIONES DE LOS FUNCIONARIOS DE LA PLANTA ACTUAL. <Decreto derogado por el artículo 43 del Decreto 2647 de 2022> Los servidores de la planta de personal actual del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República continuarán ejerciendo las funciones y atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea expedida y aprobada la nueva planta de personal del Departamento y los empleados públicos sean incorporados o hayan tomado posesión de los nuevos cargos.

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ARTÍCULO 48. DEROGATORIAS Y VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 179 de 2019 y las demás normas que le sean contrarias.

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de octubre de 2019

Publíquese y cúmplase.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Alberto Carrasquilla Barrera.

La Directora (e) del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

María Paula Correa Fernández.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Antonio Grillo Rubiano.

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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