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DECRETO 901 DE 2020

(junio 27)

Diario Oficial No. 51.358 de 27 de junio de 2020

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 12 del Decreto 1185 de 2021>

Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Resumen de Notas de Vigencia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 12 del Decreto 1185 de 2021> Modificar el artículo 12A del Decreto 1784 de 2019, adicionado por el Decreto 876 de 2020, el cual quedará así:

“Artículo 12A: Consejería Vicepresidencial. Son funciones de la Consejería Vicepresidencial, las siguientes:

1. Apoyar al Vicepresidente de la República en asuntos de competitividad, crecimiento económico y desarrollo empresarial, a nivel nacional y territorial, en coordinación con la Consejería Presidencial para la Competitividad y la Gestión Público - Privada.

2. Apoyar al Vicepresidente de la República, en coordinación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, en la implementación de las recomendaciones de la Misión Internacional de Sabios.

3. Apoyar al Vicepresidente en la misión de dirigir y coordinar con las diferentes entidades públicas y privadas las actividades relacionadas con el Bicentenario de la Independencia Nacional y en la de presidir la Comisión de Expertos del Bicentenario.

4. Hacer seguimiento y asesorar al Vicepresidente de la República en los asuntos relacionados con la agenda legislativa de conformidad con las funciones y encargos especiales asignados por el Presidente de la República.

5. Dirigir y coordinar, bajo las directrices del Vicepresidente de la República, las actividades que se deban adelantar en el territorio para el cumplimiento de las misiones asignadas por el Presidente de la República al Vicepresidente de la República.

6. Asistir al Vicepresidente de la República, en coordinación con las dependencias competentes del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en los encargos regionales que el Presidente de la República le haga al Vicepresidente de la República.

7. Asesorar en el diseño de mensajes y estrategias de comunicación que el Vicepresidente de la República deba suscribir y emitir en ejercicio de sus funciones.

8. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Vicepresidente de la República”.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. <Decreto derogado por el artículo 12 del Decreto 1185 de 2021> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 1784 de 2019 y 876 de 2020.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de junio de 2020.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

El Viceministro General encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Alberto Londoño Martínez.

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Diego Andrés Molano Aponte.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Antonio Grillo Rubiano

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
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