Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)
Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
Inicio
 
Imprimir

DECRETO 658 DE 1994

(marzo 24)

Diario Oficial No 41.287, de 29 de marzo de 1994

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Por el cual se corrige un yerro en la Ley 106 de 1993 "Por la cual se  dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la Republica, se establece su estructura orgánica, se determina la organización y funcionamiento de la Auditoria Externa, se organiza el Fondo de Bienestar Social, se determina el sistema de personal, se desarrolla la carrera administrativa especial y se dictan otras disposiciones".

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 45 de la Ley 4a. de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 45 de la Ley 4a. de 1913, Código de Régimen Político y Municipal, preceptúa que "los yerros caligráficos o tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán, y deberán ser modificados por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador";

Que la Ley 106 de 1993, en su artículo 151 deroga expresamente el Decreto 930 de 1976, por el cual se hace un encargo en el Departamento del Cauca;

Que la Ley 106 de 1993, establece entre otros, el sistema de personal y de carrera administrativa de la Contraloría General de la República, sustituyendo las disposiciones anteriores que la contenían, entre ellas el Decreto 937 de 1976;

Que por la materia desarrollada en la Ley 106 de 1993 se infiere que es voluntad del legislador derogar expresamente el Decreto 937 de 1976 y no el Decreto 930 de ese mismo año,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Aclárase el artículo 151 de la Ley 106 de 1993, en el sentido de señalar como expresamente derogado el Decreto 937 de 1976 y no el 930 de 1976 como se hizo constar.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. El presente Decreto se entenderá incorporado al artículo 151 de la Ley 106 de 1993 y rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

ULPIANO AYALA ORAMAS.

El Viceministro Técnico del Ministerio Hacienda y Crédito Público, encargado de

las funciones del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

EDUARDO GONZÁLEZ MONTOYA.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.