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DECRETO 254 DE 1997

(febrero 4)

Diario Oficial No. 42976 de 7 de febrero de 1997

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto declarado INEXEQUIBLE>

 por el cual se modifica el Presupuesto General de la Nación para la vigencia

fiscal de 1997.

Resumen de Notas de Vigencia

  El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, la Ley Orgánica del Presupuesto, y en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 80 del 13 de enero de 1991,

CONSIDERANDO:

  Que en el Decreto 80 del 13 de enero de 1997 se declaró el Estado de Emergencia Económica y Social, por las causases en él previstas;

 Que mediante la aclaratoria del Estado de Emergencia Económica y Social el Presidente con la firma de todos los ministros podrá dictar decretos con fuerza de la ley destinados a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos;

 Que entre las causases de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica y Social se encuentra la disminución en el recaudo de los ingresos fiscales;

 Que para coadyuvar a mejorar la situación fiscal, se han expedido decretos legislativos dirigidos a incrementar los ingresos públicos;

 Que en este sentido se expidieron los decretos legislativos 88 cuyo objeto es atacar la evasión tributario y el contrabando, con lo cual se pretende aumentar los recaudos fiscales, 89 que aumenta la tarifa del impuesto al timbre, con finalidades fiscales y de evitar acudir a otras fuentes de ingreso que pudieron afectar la estabilidad económica y el 150 en donde se toman medidas para racionalizar los beneficios tributarios existentes;

 Que otra de las razones para declarar el Estado de Emergencia Económica y Social fue el elevado nivel de desempleo, atribuible a consideraciones tales como la prolongada y acentuada del ciclo de la construcción;

 Que se expidió el Decreto legislativo 223 de 1997 a través del cual se creó un programa denominado Fondo Nacional de Solidaridad para Vivienda, para impulsar el ciclo de la construcción, primordialmente, el de la vivienda de interés social;

 Que tanto el aumento de los recaudos de los ingresos fiscales originados para las nuevas disposiciones del Estado de Emergencia Económica y Social como la disminución del aforo de las rentas públicas programadas originalmente y la destinación de algunas de estas rentas que se orientarán a impulsar el ciclo de la construcción, deben reflejarse en modificaciones al Presupuesto General de la Nación;

 Que la Constitución Política y las leyes señalan los procedimientos para modificar el Presupuesto General de la Nación en Estado de Emergencia por medio de decretos legislativos,

DECRETA:

ARTICULO 1o. Adicionar el Presupuesto Rentas del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1997 de la siguiente forma:

 Rentas del Presupuesto General de la Nación

 I. Ingresos del Presupuesto Nacional180.887.000.000

1. Ingresos corrientes de la Nación180.887.000.000

1.1. Ingresos tributarios180.887.000.000

1.1.1. Impuestos directos  16.667.000.000

Numeral 0001 impuesto sobre la renta

y complementarios

(Decreto 150/97)  16.667.000.000

1.1.2. Impuestos indirectos164.220.000.000

Numeral 0001 impuesto sobre aduanas

y recargos

(Decreto 88/97)  45.442.000.000

Numeral 0002 Impuesto a las ventas

(Decreto 150/97)    4.366.000.060

Numeral 0005 Impuesto de timbre

nacional

(Decreto 89/97)114.412.000.000

II. Ingresos de los establecimientos públicos  50.000.000.000 200200 Fondo Nacional de Ahorro (FNA) A. Ingresos corrientes            25.000.000.000  200300 Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe A. Ingresos corrientes  25.000.000.000  

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ARTICULO 2o. Reducir el Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1997 de la siguiente forma:  

Rentas del Presupuesto General de la Nación  l. Ingresos del Presupuesto Nacional130.887.000.000 1. Ingresos corrientes de la Nación 130.887.000.000 1.1. Ingresos tributarios130.887.000.000 1.1.1. Impuestos directos     64.300.000.000  Numeral 0001 Impuesto sobre la renta y complementarios  64.300.000.000 1.1.2 Impuestos indirectos  66.587.000.000  Numeral 0001 Impuesto sobre aduanas y recargos             66.587.000.000  

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ARTICULO 3o.  Adicionar el Presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1997 de la siguiente forma:  Sección 2001 Ministerio de Desarrollo Económico  Unidad 2001 01 GESTION GENERAL  Programa   0620  Subsidios directos  Subprograma   1400  Soluciones de vivienda urbana  Proyecto     001   Fondo Nacional de Solidaridad    para Vivienda (Decreto 223/96)  Recurso       01  Recursos ordinarios  50.000.000.000  Sección 2002 Fondo Nacional de Ahorro (FNA)  Programa   0620  Subsidios directos Subprograma   1400  Soluciones de vivienda urbana Proyecto     001  Planes de vivienda para servidores              públicos (Decreto 223/96) Recurso       90  Ingresos corrientes  25.000.000.000  Sección 2003 Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe  Programa   0620  Subsidios directos Subprograma   1400  Soluciones de vivienda urbana Proyecto     002  Subsidio Familiar de Vivienda                                   de Interés Social (Decreto 223/96) Recurso       90  Ingresos corrientes  25.000.000.000  

ARTICULO 4o.  El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación.  

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de febrero de 1997.  

ERNESTO SAMPER PIZANO    

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"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
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