Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
Inicio
 
Imprimir

Anterior

[51] Ibídem, pág. 7.

[52] Ibídem.

[53] Ibídem, pág. 8.

[54] Intervención del ICDP, pág. 3.

[55] Ibídem.

[56] Intervención del Procurador General de la Nación, pág. 3.

[57] Ibídem, pág. 5.

[58] Ibídem, pág. 4.

[59] Escrito de corrección a la demanda presentado el 10 de septiembre de 2020, pág. 7.

[60] Escrito de corrección a la demanda presentado el 10 de septiembre de 2020, pág. 9.

[61] Ibídem.

[62] Ibídem.

[63] Ibídem, pág. 7.

[64] En sentencia C-542 de 2017, la Corte señaló: "Ni aun aplicando el principio de pro actione podría la Corte proferir una decisión de fondo, ya que no es posible identificar al menos la existencia de un cargo concreto de inconstitucionalidad, que hiciera procedente realizar el control abstracto de constitucionalidad en aras de verificar la contradicción material de la disposición legal con el texto constitucional. La simple manifestación de vulneración de disposiciones constitucionales –sin reproches de naturaleza constitucional–, no puede constituirse en argumento suficiente para que la Corte inicie y culmine el examen de constitucionalidad".

[65] Escrito de demanda presentado el 20 de julio de 2020, pág. 8.

[66] Ibídem.

[67] Escrito de corrección a la demanda presentado el 10 de septiembre de 2020, pág. 9.

[68] Ibídem.

[69] Ibídem, pág. 7.

[70] Ibídem.

2

Ir al inicio

Anterior

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad"
ISSN [1657-6241 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.