LEY 439 DE 1998
(abril 29)
Diario Oficial No 43.290, de 4 de mayo de 1998
 

EL CONGRESO DE COLOMBIA
 

Por la cual se autoriza la construcción del aeropuerto internacional de Villavicencio
y se dictan otras disposiciones.
 

DECRETA:
 

 

ARTÍCULO 1o. Autorízase la construcción del aeropuerto internacional de Villavicencio.
 

ARTÍCULO 2o. El Gobierno Nacional procederá a ordenar la celebración de los estudios técnicos y financieros necesarios.
 

ARTÍCULO 3o. Autorízase al Gobierno Nacional para realizar los traslados y demás operaciones presupuestales necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley.
 

ARTÍCULO 4o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
 

AMYLKAR ACOSTA MEDINA
El Presidente del honorable Senado de la República,
 

PEDRO PUMAREJO VEGA
El Secretario General del honorable Senado de la República,
 

CARLOS ARDILA BALLESTEROS
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
 

DIEGO VIVAS TAFUR
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
 

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de abril de 1998.
 

 

ERNESTO SAMPER PIZANO
 

 

RODRIGO MARÍN BERNAL.
El Ministro de Transporte,
 

 


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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 1657-6241, "Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad", 15 de noviembre de 2008.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 15 de noviembre de 2008.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.